Sociedad patrimonial parece haberse convertido últimamente en el término de moda y lo es precisamente por el uso poco ortodoxo e incluso poco legal que algunas personas han hecho de él. Pero en realidad tener una sociedad de este tipo no es ilegal ni implica que se vayan a cometer irregularidades a través de ella. Para resolver todas las dudas que pueda haber en torno a este tema, vamos a ver qué es una sociedad patrimonial.
Qué es una sociedad patrimonial
Si queremos saber lo que es realmente una sociedad patrimonial lo mejor que podemos hacer es dirigirnos directamente a la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que la describe como “aquella que no realiza una actividad económica, en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto (…) a una actividad económica”.
De esta definición podemos extrapolar las diferentes características de las sociedades patrimoniales:
- Son sociedades mercantiles o civiles.
- Su finalidad es la de gestionar un patrimonio de forma exclusiva o casi exclusiva o bien la de administrar valores, siempre que esos valores sean más del 50 % de su activo y no estén destinados a actividad económica.
- No realizan actividad económica alguna.
El hecho de que estas sociedades no realicen actividad económica permite distinguirlas de otras como la Sociedad Limitada o la Sociedad Anónima.
¿Cuándo se utiliza una sociedad patrimonial?
Dado que su finalidad principal es la de gestionar un patrimonio, con frecuencia es utilizada por autónomos, pymes e incluso familias que tienen un amplio patrimonio inmobiliario. La razón para usar esta forma de gestión y no otra es tanto económica como práctica y a ello haremos referencia más tarde cuando hablemos de la fiscalidad de las sociedades patrimoniales y de sus ventajas.
¿Cómo se constituye una sociedad patrimonial?
En realidad el concepto de sociedad patrimonial es relevante a efectos fiscales pero no a efectos mercantiles. Es decir, que para tener una entidad patrimonial lo que hay que hacer es constituir una sociedad mercantil normal y corriente. Luego, si esa entidad mercantil cumple los requisitos que hemos visto antes que debe tener una sociedad patrimonial, se convierte automáticamente en una.
¿Cómo se gestiona una sociedad patrimonial?
A efectos de administración las entidades patrimoniales se gestionan igual que el resto de sociedades. Deben respetar las disposiciones del Derecho Mercantil en temas como el número de socios, la ampliación y reducción de capital, la forma de constitución e incluso la contabilidad.
Con frecuencia este tipo de sociedades están en el punto de mira, por lo que hay que ser muy escrupulosos a la hora de cumplir con la normativa tributaria. No obstante y, como señalábamos antes, no siempre que se constituye una sociedad patrimonial se hace con ánimo de defraudar. En realidad es como abrir una cuenta en Suiza, un acto que de por sí no es ilegal, solo es ilegal si se hace un uso no conforme a la ley de esa herramienta.
Ventajas de una sociedad patrimonial
Una sociedad patrimonial bien utilizada puede ayudar a minimizar riesgos al separar ciertos bienes de la actividad económica. Pongamos por caso tres hermanos que tienen tres empresas diferentes y son dueños de los inmuebles en los que radican sus negocios. Si crean una sociedad patrimonial que administre esos inmuebles los mismos quedarán protegidos en caso de que el negocio de cualquiera de ellos vaya mal.
Antiguamente este tipo de sociedades se beneficiaban de ciertas ventajas fiscales, pero a día de hoy esas ventajas ya no existen puesto que han pasado a estar bajo la regulación del Impuesto de Sociedades.
Inconvenientes de una sociedad patrimonial
Tener una entidad patrimonial tiene ventajas, pero también tiene algunos inconvenientes:
- No disfrutan de los incentivos fiscales establecidos para las Entidades de Reducida Dimensión (ERD).
- No tienen exención en el Impuesto sobre el Patrimonio.
- No tienen bonificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si las acciones se transmiten a los herederos.
Fiscalidad de la sociedad patrimonial
Hasta hace unos años este tipo de sociedades contaban con un régimen fiscal propio en el que una parte de las rentas se tributaban a través del IRPF y otra a través del Impuesto de Sociedades. Pero desde hace algún tiempo este tipo de entidades se rigen únicamente por las disposiciones sobre el Impuesto de Sociedades. En consecuencia se les aplica el tipo general de dicho impuesto, que es de un 25 %. Sin que resulten de aplicación ciertas deducciones destinadas a aquellas entidades que si desarrollan una actividad económica. A veces puede resultar un poco lioso por lo que siempre es recomendable formarse en derecho financiero o tributario, en el enlace te dejamos un enlace hacia un curso interesante sobre la materia.
Por último, si la sociedad está bien constituida, cumple los requisitos para ser considerada patrimonial y paga los impuestos que legalmente le corresponden, es totalmente legal. Otra cosa es que nos pueda parecer más o menos ético usar un mecanismo plenamente legal para ahorrar (que no evadir) en el pago de impuestos.
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